Su familia quería asegurarse de que, si algún día nos divorciábamos, yo no pudiera reclamar las propiedades que él había adquirido antes del matrimonio.
Cuando Valeria revisó el documento, descubrió que casi todas las condiciones me perjudicaban.
Por eso exigió una protección recíproca.
El anexo establecía que, si alguno de los cónyuges cometía actos graves de violencia familiar que provocaran la ruptura del matrimonio, la parte afectada podría reclamar una compensación patrimonial previamente pactada.
Para garantizar aquella obligación, Diego había comprometido el equivalente al ochenta por ciento de sus participaciones personales en una sociedad inmobiliaria.
Era una cantidad enorme.
Aquella sociedad concentraba buena parte de sus inversiones y varias propiedades comerciales en Zapopan y Guadalajara.
Los abogados de Diego aceptaron porque estaban convencidos de que la única persona que podía incumplir el acuerdo era yo.